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¿Qué Hago si Sufro un Accidente del Trabajo? Guía Práctica y Amigable

Un accidente en el lugar de trabajo, o de trayecto (yendo o volviendo), es una situación estresante. Lo más importante es saber que laLey Nº 16.744 (Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales)te protege. Esta guía te da los pasos esenciales para activar tu cobertura, obtener atención médica y asegurar tus derechos, de forma simple y rápida.
  • 1. El Momento Cero: La Seguridad es lo Primero
Tu prioridad es recibir atención médica de inmediato. No importa si es un corte menor o una lesión grave: ⚠️ Accidente GRAVE o de TRAYECTO: Avisa Inmediatamente:Informa a tu jefe, supervisor o a cualquier colega. Traslado Urgente: Deben llevarte al centro asistencial más cercano de la Mutualidad a la que esté afiliada tu empleador (ACHS, Mutual de Seguridad CChC, IST) o al INP/ISL (si la empresa no está en una Mutual). Si es de Trayecto: Debe haber constancia en Carabineros o en el parte de atención médica de que el accidente ocurrió en tu ruta directa entre la casa y el trabajo (o viceversa).
  • 2. El Paso Legal Clave: El D.I.A.T.
El documento central que activa todos tus derechos y beneficios se llama Denuncio Individual de Accidente del Trabajo. ¿Quién lo hace y cuándo?
Responsable Plazo Si la empresa no lo hace...
Tu Empleador (Principal responsable) Inmediatamente, y tienes derecho a que te lo entreguen. Puedes hacerlo tú mismo, o pedir ayuda a tu Sindicato, a la Mutualidad o al $\text{ISL}$.
¿Qué ocurre con el DIAT? Una vez completado, el le da la luz verde a la Mutualidad para:Cubrir el 100% de la Atención Médica (tratamientos, medicamentos, cirugías, rehabilitaciones). Activar el pago de tus subsidios (licencias médicas) para reemplazar tu sueldo mientras te recuperas.
  • 3. Beneficios Mientras te Recuperas.
Mientras dure tu tratamiento por el accidente o enfermedad profesional, tienes derecho a dos tipos de prestaciones:
  • A. Prestaciones Médicas (Gratuitas)
La Mutualidad cubre totalmente todos los gastos derivados de la lesión, incluyendo:
  • Atención médica y quirúrgica.
  • Hospitalización.
  • Medicamentos y productos farmacéuticos.
  • Rehabilitación física y reeducación profesional.
  • Prótesis y órtesis.
  • B. Subsidio por Incapacidad Laboral (Reemplazo de Sueldo)
Si el médico de la Mutual te da una Licencia Médica, la Mutual o el $\text{ISL}$ debe pagarte un subsidio para reemplazar tu remuneración habitual (con un cálculo que suele ser favorable). Importante: El subsidio se paga desde el primer día de la licencia hasta que te den de alta.
  • 4. El Alta: Vuelta al Trabajo o Indemnización
Cuando el médico determina que te has recuperado y no hay secuelas, te darán el Alta Médica. Caso 1: Recuperación Total Vuelves a tus funciones habituales. Tu empleador está obligado a reincorporarte. 🤕 Caso 2: Con Secuelas o Incapacidad Si te queda una disminución de tu capacidad de trabajo (aunque sea pequeña), la Mutual o ISL debe evaluar tu porcentaje de invalidez residual.
Porcentaje de Pérdida de Capacidad Prestación
15% o menos Indemnización pagada de una sola vez.
Entre 15% y 40% Pensión temporal o vitalicia (según la evaluación).
Más del 40% Pensión vitalicia que reemplaza parte de tu renta.
¡Ojo! Si crees que tu porcentaje de invalidez es bajo o la lesión no fue bien evaluada, puedes apelar ante la Comisión Médica Preventiva (COMPIN). Contáctanos y te ayudaremos con esta compleja situación

¿Has sido víctima de un despido injustificado o acoso laboral?

Despido Injustificado

La gran mayoría de los despidos – “por necesidades de la empresa” incluido – no tienen argumentos legales suficientes. Contáctanos ahora mismo y envíanos tu carta de despido. 

Vulneración De Derechos

Casos donde derechos fundamentales del trabajador, como integridad física, psicológica, libertad de expresión o la honra son vulnerados. Tu privacidad es muy importante para nosotros, y toda comunicación es estrictamente confidencial. Llámanos hoy.

Casos De Autodespido

La norma es clara, y los tribunales laborales favorecen ampliamente a los trabajadores. Cuéntanos que ha pasado y nosotros te diremos exactamente que hacer.

Preguntas Frequentes

¿Cúanto tengo que invertir en los servicios de Me Finiquitaron?

Nuestros servicios no tienen ningún costo para ti. La primera consulta es gratuita, y si tu caso debe ir a juicio – solo pagas si conseguimos resultados. Contáctanos hoy para conocer tu caso.

¿Puedo reunirme con alguien de forma presencial?

Nuestras oficinas están ubicadas en Av. Nueva Providencia 1860, N° 101, Providencia, Santiago. Solicitar reunión en formulario. Horarios de Lunes - Viernes 9:00 a 20:00 hrs. Como alternativa puede llamarnos al +56 9 3210 9326 donde lo atenderemos a cualquier hora.

¿Cuál es el plazo para demandar a mi empleador?

El plazo para presentar una demanda puede variar entre 60 días y 90 días hábiles, dependiendo de la causa por la cual estemos presentando el juicio. Una vez que estudiemos tu caso te podremos dar una respuesta clara y precisa.

¿Recibiré asesoría para presentar mi Autodespido?

Sí. Nosotros te guiaremos en cada paso del proceso. Nos aseguraremos de que presentes tu Autodespido de forma clara, segura y transparente.

¿Es posible presentar una demanda si ya firmé el finiquito?

Es posible SOLO si incluyes una cláusula especial de "reserva de derechos". Tu abogado te enviará el texto – son solo 44 palabras – pero es clave que las incluyas en el finiquito. Si ya lo firmaste y no incluiste esta cláusula especial, lamentablemente ya es muy tarde y es probable que no podamos presentar tu caso en tribunales.

¿Cuánto dinero puedo recibir con la indemnización – y cómo se calcula ese monto?

Solo estudiando tu caso podemos determinar el monto exacto de indemnización que puedes recibir. La consulta es gratuita y respondemos en promedio 15 en minutos.

Consulta Gratuita

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